Por
Salvador Díaz Sánchez
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Es un derecho de autodefensa y de libertad de los asalariados.
*** Es un derecho fundamental derivado de la negativa injustificada de los patrones de ceder a las peticiones laborales.
*** Es un derecho fundamental derivado de la negativa injustificada de los patrones de ceder a las peticiones laborales.
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Es un instrumento de solución de conflictos salariales.
Por el hecho de serlo los individuos poseemos incuestionablemente derechos humanos consagrados en la Constitución. En el Art. 5 de nuestra Ley Suprema se plasma indeleblemente el derecho fundamental de la libertad del trabajo, y en el 123, refulge como alfanje justiciera el arma más poderosa de los trabajadores, el instrumento más genuino de lucha de los asalariados: La huelga.
Por el hecho de serlo los individuos poseemos incuestionablemente derechos humanos consagrados en la Constitución. En el Art. 5 de nuestra Ley Suprema se plasma indeleblemente el derecho fundamental de la libertad del trabajo, y en el 123, refulge como alfanje justiciera el arma más poderosa de los trabajadores, el instrumento más genuino de lucha de los asalariados: La huelga.
En
el naciente capitalismo los obreros, los artesanos, los manufactureros, los
jornaleros, los trabajadores eran brutalmente oprimidos, las jornadas laborales
de 12, 14, 16 horas miserablemente pagadas proliferaban por todas partes, esta
explotación se acentuó durante la revolución industrial en el siglo XVII, lo
que dio la pauta para la génesis de las luchas por los derechos sociales en el
mundo.
Por
supuesto no existía el derecho a huelga, ni vacaciones, ni seguridad en el
trabajo, ni el derecho de asociarse, ni reparto de utilidades, aguinaldos ni
seguridad social alguna, por tal razón la insumisión de los explotados poco a
poco se fue gestando hasta que quebró como movimiento telúrico la pachorruda
tranquilidad de la burguesía industrial y pronto cundió el movimiento por
mejores condiciones de vida acá y acullá, y la organización fabril llegó como
un torrente por los cuatro puntos cardinales, paros en la producción, huelgas,
bloqueos, barricadas, trincheras como parte de la reivindicación de los
derechos laborales, pero a un alto costo social, trabajadores heridos,
baleados, golpeados, encarcelados, perseguidos o asesinados fue el saldo
sangriento de esos generosos movimientos. Todos estos grandes sacrificios de
acciones obreras como las de Chicago en 1887, de donde derivó el Día del Trabajo,
produjeron saltos cualitativos en los derechos fundamentales que se
convirtieron en leyes y en contratos colectivos en todo el mundo.
Así,
a los profesores de la UACh podrán acusarnos de rebeldes, de insumisos, de
irreverentes, de izquierdistas, pero jamás podrán acusarnos de irresponsables
con el estúpido argumento de que "no respetan la ley”. La huelga es el
derecho más genuino de la clase trabajadora, los maestros somos obreros de la
enseñanza y como tales enarbolamos esta garantía constitucional ganada a pulso
por los trabajadores mexicanos en luchas épicas y memorables desde principio
del siglo XX, los sindicalistas mexicanos como los maestros, los médicos, los
electricistas, los petroleros, los mineros y tantos trabajadores se entregaron
a la lucha para que las conquistas sociales cristalizaran en nuestra Carta
Magna. A ella nos apegamos.
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