¿AUTONOMÍA DE GESTIÓN A CONVENIENCIA?

Bajo el argumento de la autonomía de gestión, planteado en el artículo 28 de la Ley General de Educación, donde se deja en manos de  los Consejos Técnicos Escolares y los Consejos Escolares de Participación Social “la responsabilidad de  administrar, en forma transparente y eficiente, los recursos que la escuela reciba para mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta.”
Esa fue la postura de la Secretaría de Educación Pública, que su titular Aurelio Nuño Mayer, dio a conocer en enero de 2016, en el marco de la Reunión Extraordinaria del Consejo Nacional de Autoridades Educativas, teniendo como sede la biblioteca de la primaria capitalina Benito Juárez.
La pregunta queda en el aire, ¿la autonomía de gestión es a conveniencia?



Share this:

Publicar un comentario

¿No está lo que buscabas? Ingresa una palabra clave

 
Copyright © Acervo Mexiquense. Designed by OddThemes